Derecho moral a la República, de ENKIDÚSTENES
La República no cambia la sociedad,
la República permite cambiar la sociedad.
Manuel Azaña
DERECHO MORAL A LA REPÚBLICA
Algunos estudiosos del republicanismo piensan que la única legalidad existente en
España es la derivada de la Constitución de la II República, promulgada el 9-12-1931 y
abolida, ocho años después, por una brutal sublevación militar absolutamente ilegal.
Seguramente llevan razón, pero la realidad es que han transcurrido casi setenta años
desde aquella fecha y un decisivo relevo generacional acompañado de una sistemática
intoxicación de la memoria colectiva, por lo que especular sobre la vigencia de aquella
legalidad tan inicuamente robada es inútil, por mucho fundamento que tenga esa teoría.
Otra cosa es lo que sucede con el inestimable acervo moral acumulado desde la I
República, en 1873. Ni el transcurrir del tiempo, ni los artificiosos legalismos y engañifas
realistas, han podido extirpar del más profundo sentimiento del pueblo, el recuerdo, el
deseo y el inalienable derecho a instaurar definitivamente la república democrática. Por
ello, esos súbditos con vocación de ciudadanos, despojados de su honor durante las
siete décadas en las que ha reinado de nuevo el afrentoso ¡vivan las “caenas”!, quieren
recuperar la dignidad perdida. Algunos, advertidos por Manuel Murillo Carrasco, creen
que el sagrado derecho moral a una nueva República, la III, debe consumarse ya.
¿Pero que República? La escasa parte visible del mal llamado republicanismo está
contaminada y tan enfrentada que unas siglas se encrespan ante la república que proponen
las opuestas, y algunos propósitos “ultra” espantan a una sociedad centrada. Y es que al
existir un elenco ideológico tan variopinto: desde anarquistas hasta falangistas, pasando por
liberales, socialistas, neocomunistas…, cada uno aspira a una república sometida a su
doctrina primordial, puesto que la mayoría solo son republicanos muy en segundo lugar.
Por contra, la callada mayoría invisible (que está replegada al discrepar de ese
contaminado y fragmentado guirigay, interesadamente manipulado) está constituida por
republicanos cívicos o puros, que desean una República abierta y sólida; una República
de todos y para todos; y con vocación de estabilidad, permanencia y pacifismo.
El republicanismo cívico mayoritario cree que la Constitución de la III República
debe ser concisa, arbitral, progresista, aglutinante; con separación de poderes, garantía
de derechos y alternancia, respeto a las minorías, y elección periódica y directa de los
Presidentes de la República y del Gobierno, del Fiscal General, de la cúpula de la
judicatura, de los alcaldes… Cree que debe existir una ley electoral plenamente
democrática, en la que cada persona valga un voto, y en la que cada miembro del
legislativo deba dar la cara ante sus representados al ser elegido en distritos
unipersonales con listas mayoritarias y, en su caso, tras segunda vuelta. Es decir, pide
virtud, credibilidad, responsabilidad y una democracia radical, y no predeterminada, en
la que cada Administración salida de las urnas gobierne sin hipotecas en su legislatura.
Incorporar postulados partidistas es disgregador y retardatorio, pues diferiría una
república propia de los ciudadanos, y no de los gobernantes, ni de los partidos, en la que
sería inadmisible una partitocracia “recalificadora” tan corrompida como la actual.
El republicanismo cívico debe ser la columna vertebral de la III República, en la
que la ciudadanía se articule en torno a un núcleo de derechos y deberes aceptados y
participe también entre elecciones, sea un ejemplo de ponderación republicana para los
“ultra” exaltados y reivindique el sometimiento del interés particular al general, la
igualdad ante la ley, el desarrollo sostenible, la libertad y moralidad política, la
observancia de los Derechos Humanos en razón del nacimiento, un territorio armónico y
habitable, la promoción por mérito y esfuerzo personal sin discriminación sexual, unos
medios de comunicación no mediatizados por oligarquías financieras, una laicidad justa…
El republicanismo cívico entiende la laicidad como un bien básico de la sociedad
que promueve racionalmente la equidad e impide vicios y desavenencias, pues, además
de establecer la separación entre las iglesias y el Estado, imposibilita la intromisión de lo
meramente comunitario (sea racial, religioso, étnico, clasista o cultural) en lo público (el
dominio de todos) y, por tanto, tampoco puede permitir que nadie sea excluido por su
pertenencia comunitaria a una lengua, cultura, raza, religión, clase social o ideología.
El republicanismo cívico reconoce las diferencias comunitarias en la sociedad,
pero también que el derecho a la diferencia no supone la diferencia de derechos.
El republicanismo cívico debe prepararse para afrontar los sucesos que se prevén
próximos, y cambiar sin traumas la forma de Estado, la ilustración de los sandios...
Se ruega difusión.
ENKIDÚSTENES 08
