Delito
ANTÓN LUACES Finalizado el episodio del secuestro del atunero vasco Playa de Bakio y, por tanto, hecha realidad la liberación de sus 26 tripulantes -de ellos 8 gallegos y 5 vascos- se abre ahora la especulación en torno a si ha habido o no compensación económica -pago por el rescate- de esos 26 tripulantes. En este caso hay que hacer mención a la actividad mediadora que, habitualmente, se suscita en relación con la negociación para la liberación de los secuestrados y en la que, ha quedado demostrado en distintas ocasiones, existen verdaderos especialistas, entre estos algún abogado español, si bien perteneciente a despachos de abogados radicados en distintos países -el Reino Unido, por ejemplo-.
En relación con esta actividad mediadora, ejercida obviamente a partir de una compensación económica estipulada previamente, quienes se dediquen a ella "profesionalmente" pueden ser perseguidos por la Justicia, por cuanto supone que incurren con su labor en un delito de colaboración con organización criminal.
Para la Justicia, las conductas de aquellas personas que contratan su actividad mediadora en un negocio de esas características son plenamente perseguibles, incluso dentro del marco del Derecho Internacional que contempla delitos de piratería.
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