ALEGACIONES. ¿Parques eólicos?, en el sabinar NO.
¿Parques eólicos en el "Sabinar de Alpuente"?
¿Pero a quién puede habérsele ocurrido tan disparata idea?
El Sabinar de Alpuente, constituye el patrimonio natural más valioso de los términos municipales de Aras de los Olmos, Alpuente y La Yesa.
El Sabinar de Alpuente está declarado, por la importancia de su fauna y su flora, un Lugar de Interés Comunitario (LIC) y forma parte por tanto de la Red Natura 2000 europea.
La puesta en valor del Sabinar de Alpuente constituye la mejor oportunidad de desarrollo sostenible, especialmente de los núcleos de población próximos. Es por tanto, garantía de supervivencia de la estructura polinuclear de Alpuente, otra pieza clave de su importante patrimonio, y obviamente de interés para sus habitantes.
La puesta en valor del Sabinar de Alpuente supone la oportunidad más fiable de desarrollo económico y creación de empleo, empleos ligados a su conservación, a las actividades ligadas a su disfrute y al turismo rural.
La instalación de 56 aerogeneradores, apertura de pistas, tendidos eléctricos en la Muela de Buitre (Alpuente) y el paraje de La Ceja (La Yesa) suponen una importante degradación de sus valores, e hipotecar el futuro desarrollo del lugar, por no hablar del riesgo de incendio que conllevan estas instalaciones.
Si miramos en el propio mapa de zonas de aprovechamiento eólico del Plan Eólico Valenciano, los términos en los que se pretende instalar parques incluyen extensas áreas donde podrían ubicarse. ¡Y se pretende instalar parques precisamente en el Sabinar de Alpuente, en zona considerada en origen como NO APTA!
¿Pero quién puede apoyar semejante disparate? No es defendible, defendible al menos desde el interés general y el interés de sus habitantes.
Próximamente en este mismo artículo se irán facilitando (por sucesivas entregas) distintas alegaciones, en formato .doc en las que tan solo es necesario introducir los datos personales, firmarlas y entregarlas. Alegaciones obviamente en contra de la instalación de estos parques.
Se están ultimando con argumentos desde distintas áreas, desde la de sus valores naturales, arqueológicos, paisajísticos, irregularidades administrativas, etc. Conforme se vayan ultimando se irá facilitando su descarga. Cuantas mas se envíen mejor.
Ruego paciencia, interés, y por supuesto ¡pásalo!
ENTREGA 1- lunes, 30 de julio.
(Para acceder a los textos, simplemente pinchar sobre el texto en verde)
ALEG 001 Sobre la irregularidad de situar aeogeneradores en un LIC definitivo
ALEG 002 Sobre la no adaptación de a la nueva legislación y reglamentación ambiental
ALEG 003 Sobre la irregularidad que supone la ampliación de un parque
ALEG 004 Sobre la incidencia acumulada de la fase I y II
ALEG 005 Sobre el peculiar argumento de considerar el LIC "El Sabinar de Alpuente" como apto, por el simple interés de EYRA de incrementar la potencia eólica en la zona 7 por posible decremento de la zona 14
ENTREGA 2- martes, 7 de agosto.
(Para acceder a los textos, simplemente pinchar sobre el texto en verde)
ALEG 006 Sobre el incremento de riesgo de incendio por la propia ubicación de parques eólicos en LIC, IBA, y cercanía a núcleos de población.
ALEG 007 Sobre la invasión de LIC, Hábitats, IBA equivalente a ZEPA por sentencia del Tribunal de Luxemburgo, y la peculiar idea de trasplantar sabinas como si fueran geranios.
ALEG 008 Sobre las contradicciones con los motivos que llevaron en su día a las áreas objeto de proyecto, a ser incluidas en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública
ALEG 009 Sobre la existencia de yacimiento arqueológico pre-romano en el ámbito del parque eólico de La Muela del Buitre
ALEG 010 Sobre la afección a la avifauna de unos parques eólicos proyectados dentro de los límites del IBA 157-"Hoces del Turia y Los Serranos"
ENTREGA 3- jueves, 9 de agosto.
(Para acceder a los textos, simplemente pinchar sobre el texto en verde)
ALEG 011 Sobre la afección a la flora y a los hábitats prioritarios del LIC "Sabinar de Alpuente"
ALEG 012 Sobre el incumpliento de la Ley del Paisaje y su Reglamento
ENTREGA 4- sábado, 11 de agosto.
(Para acceder a los textos, simplemente pinchar sobre el texto en verde)
ALEG 013 Sobre la ausencia de Evaluación Ambiental Estratégica conforme a la Ley 9/2006
ALEG 014 Sobre la ausencia de Autorización Ambiental Integrada conforme a la Ley 2/2006. Sobre este inclumplimiento es preferible entregar la siguiente alegación ALEG 014B.
ALEG 014B Igual que la anterior, sobre la ausencia de Autorización Ambiental Integrada conforme a la Ley 2/2006, pero mejor justificada. Esta alegación sustituye a la anterior ALEG 014, que solo se conserva el enlace a efectos de evitar confusiones.
DÓNDE Y HASTA CUANDO:
El plazo de exposición pública finaliza el lunes 13 de agosto de 2007. Generalmente se vincula este plazo al de alegaciones, si bien en realidad estas pueden ser remitidas hasta el momento del trámite de audiencia justo antes de dictar resolución.
El destinatario ultimo es el Servicio Territorial de Energía de Valencia, C/ Gregorio Gea 27, 46009 Valencia (la que pone en el encabezamiento de los textos), y hay varias formas de hacerlas llegar:
1. En persona, por registro de entrada, dos copias firmadas (no creo que sea necesario que sea la misma persona que firma)
2. Por correo, en sobre abierto. sellado ahí mismo, certificado y acuse de recibo. La fecha que vale es la de Correos.
3. En algún edificio PROP, tanto de Valencia, Alicante, o Castellón, o alguna población importante que disponga de una oficina.
4. En algún ayuntamiento que disponga de convenio con el PROP, es decir que se comprometa a enviarlas
En cualquier caso, siempre selladas, con fecha y copia.




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unasenderista dijo
Estoy contigo, en este país no se puede hacer nada sin destruirlo todo y si se trata del medioambiente pues hay que exterminarlo como una plaga, la fuerza eólica es muy buena, una energía limpia, pero es que aqui solo piensan en destrozar, saludos
30 Julio 2007 | 04:40 PM