VIOLENCIA DE GENERO, DEFINICIONES.
La Asamblea General de las Naciones Unidas en el artículo 1 de la "Declaración para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer" como "todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en el vida privada.
Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia contra la mujer de 20 de diciembre de 1993 reconociendo que ésta “constituye una manifestación de relaciones de poder históricamente desiguales entre el hombre y la mujer que han conducido a la dominación de la mujer y a la discriminación en su contra por parte del hombre e impedido el adelanto pleno de la mujer, y que la violencia contra la mujer es uno de los mecanismos sociales fundamentales por los que se fuerza a la mujer a una situación de subordinación respecto del hombre”.
En cuanto a la Ley Orgánica 1/2004 de Protección Integral de las Víctimas de Violencia de Género, la LIVG describe ese tipo de violencia en el apartado 2 del art. 1: “esto es, la adopción de medidas de protección integral con la finalidad de prevenir, sancionar, erradicar y prestar asistencia a las víctimas que se pretenden proteger con esta ley.” Esta víctimas son “las mujeres que sufren Violencia por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia” ( art. 1.1). Resumiendo y como bien aclara el preámbulo de la LIVG: Se trata de “una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo”.
ES importante, dado el caso, no confundir la violencia de género con la violencia domestica más general, y por lo tanto más reductora, Como afirma Lorente Acosta “A la mujer no se le maltrata por ser madre, novia o ama de casa, sino por ser mujer, por ello es importante delimitar conceptualmente la violencia que se ejerce sobre la mujer, ya que al denominarla incorrectamente (por ejemplo como “violencia doméstica” o “violencia familiar”) se está relacionando sólo con un ambiente concreto, el familiar o doméstico, y de ahí se puede pasar con relativa facilidad a limitarlo a determinados tipos de familia, a ciertas circunstancias, a algunos hombres que son enfermos, alcohólicos o especialmente violentos, o también a mujeres que los provocan”
ESTADISTICAS MUNDIALES.
Según la ONU, una mujer de cada tres en el mundo ha sufrido algun tipo de violencia física (paliza y/o violación) al menos una vez en su vida. La violencia de género es, según un estudio llevado a cabo por la OMS y el Banco mundial, la principal causa de muerte de las mujeres entre 16 y 44 años en el mundo, más importante y de lejos que las muertes provocadas por cáncer, malaria o hasta por accidentes de tráfico.
Las estadísticas mundiales sobre violencia en la pareja varian considerablemente según los paises; según los datos de la ONU (Domestic Violence Against Women and Girls, Innocenti Digest, 2000):
En Gran Bretaña, el 30% de las mujeres sufren abusos físicos por parte de su pareja o ex pareja. Jordania: 52%, Bangladesh: 47%, Canada 29%, Australia 23%, etc.
En Suiza por ejemplo, una encuesta estatal del 97 indicaba que más del 20% de las mujeres entre 20 y 60 años habían sufrido algún tipo de violencia física por parte de su pareja o ex pareja.
Francia lleva tiempo preocupándose del tema, la encuesta más completa del Ministerio del interior, (encuesta ENVEFF 1999), daba el terrible balance de un 10% de las mujeres francesas víctimas de violencia de género, un promedio de una mujer muerta cada tres días (cada 6 en España) lo que da un promedio anual de 150 muertes (68 en España)…

ESTADISTICAS ESPAÑOLAS.
- En España, un 75% de los casos de violencia conyugal son de “violencia pura” contra la mujer, mientras los casos puros de violencia contra el hombre apenas llegan al 2%. En el 23% restante, ambos miembros de la pareja son víctimas de violencia recíproca o cruzada.
· El 98% de las mujeres que fallecieron víctimas de malos tratos en 1997 había denunciado previamente a su agresor (Informe Defensor del Pueblo, 1998).
· El 80% de los casos de maltrato que llegan a instituciones no inician trámite judicial alguno, (Instituto de la Mujer, 2006).
· Las siguientes tablas estadísticas tienen como fuente el Ministerio del Interior y el Instituto de la Mujer.


EL MALTRATADOR
La violencia psicológica, también llamada manipulación destructora es la forma más común e insidiosa de violencia de género. Estadísticamente concierne en España un 25% de las mujeres. Esa manipulación destructora se clasifica habitualmente en cinco fases según los informes de la Dra. Geneviève Pagnard (Psiquiatra especialista en “victimología”, informe M.I. francés del 05/02/08):
1- Fase de seducción, principios de la relación.
2- Fase de insidias.
3- Fase de violencia moral, que une los comentarios despectivos a los reproches constantes, insultos, progresivo aislamiento de la víctima de su círculo íntimo y como consecuencia directa en la víctima causa traumas sociales y, muy a menudo somáticos pudiendo llegar al síndrome ansio depresivo y al suicidio.
4- Fase de violencia física. El anuncio de una desvinculación de la víctima (separación) provoca una pérdida de referencia de poder en el maltratador y éste reacciona con típicas crisis clásticas (rompe objetos, por ejemplo) a la vez que chantajea la víctima con el suicidio. En esta fase no se descarta en absoluto que el maltratador pueda llega a la agresión física (palizas y, más comúnmente violación).
5- Fase de ruptura. En esta fase la ruptura nunca es total, la relación de poder y dominación se perpetua a través del chantaje emocional con los hijos, su custodia, etc.
En esta fase, el papel de los jueces es importante porque su preparación profesional y su experiencia deciden del porvenir de la víctima. El maltratador-manipulador se presenta ante los tribunales como víctima ; mayoritariamente, la reacción primaria es hacer pasar a la vítima de malos tratos por loca y, consecuentemente, por peligrosa de cara a la custodia de los niños. Esta fase suele ser la que provoca más traumas en los niños y la que más peligro entraña para su futuro desarrollo como adultos. Perdida la relación de poder físico, el maltratador utiliza los medios a su alcanze para seguir acosando a su víctima : impago de las pensiones, retraso en la entrega de los niños, argucias judiciales (modificación de medidas, etc llegando a lo más traumático para el niño y la ex pareja : la « duda » sobre la paternidad). La mayoría de los maltrtadores no son agresivos de forma habitual. Ejercen su violencia de forma selectiva, sólo con su mujer. Por eso es tan difícil reconocerlos. Además, desarrollan una especie de doble personalidad, en público tratan bien a su mujer y son unos auténticos tiranos en el ámbito privado.
Es muy relevante el hecho que socialmente no exite el matratador tipo, puede ser de clase alta o baja, con estudios o sin ellos, joven o viejo. Su conducta no tiene relación directa con el alcohol o las drogas (sólo un 20%) y tampoco con desviaciones psíquicas. Según Enrique Echeburúa, catedrático de Psicología Clínica de la Universidad del País Vasco, «el 20% de ellos sí presenta un trastorno mental –alcoholismo, esquizofrenia paranoide, trastorno delirante…-. Pero el 80% son ‘normales’; no existe un trastorno grave, aunque sí presentan alteraciones de la personalidad y cognitivas, como un machismo extremo o la justificación del uso de la violencia para resolver problemas». Desde el punto de vista nosológico, el maltratador se puede clasificar bajo varias patologías, casi todas relacionadas con la psicosis asimptomática.
El único denominador común de los maltratadores es que tienen muy interiorizada la idea de que la mujer está a su disponibilidad, que de alguna forma son su propiedad.
Es relevante saber también que las estadísticas demuestran que la forma de maltrato varía significativamente según el nivel cultural y el status del maltratador: un nivel cultural menor implica más violencia física y un nivel cultural más alto se relaciona directamente con el maltrato más sutil, psicológico.
El único denominador común que se encuentra en todos los maltratadores está en su forma de enfrentarse a una vida que no transcurre como a ellos les gustaría (el caso más común es la supuesta infravaloración en el trabajo o las posiciones inferiores en la escala de mandos en la jerarquía de su empresa).
LA VICTIMA
Las repercusiones emocionales para la víctima son las mismas en el maltrato psíquico y en el maltrato físico y psíquico. A nivel psicológico, algunas de las consecuencias que pueden aparecer en las situaciones de violencia de género son:
- Perdida del autoconcepto y de la autoestima:
El autoconcepto en la víctima se negativiza de forma radical, pasan de una idea propia de lo que son y cómo son positiva a otra absolutamente negativa marcada por una supuesta inferioridad sobre varios planos que destruyen totalmente su autoestima.
La baja autoestima de la mujer también retroalimenta a su vez al agresor…
- La ansiedad:
Debida directamente a la amenaza sobre la vida y la seguridad personal. La violencia, mezclada con periodos de arrepentimiento y calma, suscita en la mujer una respuesta de alerta y sobresalto permanentes. En algunas ocasiones, para conseguir reducir estos estados de ansiedad se recurre a la ingesta de ansiolíticos o al consumo de alcohol. Se desarrollan fijaciones y aparecen el miedo y el sentimientos de culpa, ante las situaciones de ruptura con el agresor, suele aparecer ansiedad debido a la responsabilidad que conlleva hacerse cargo de los hijos, asumir la soledad, y las posibles consecuencias económicas de la marcha...
- La depresión:
Debido a la indefensión que sufre, la mujer puede desarrollar un cuadro depresivo en una situación que ella misma considera como incontrolable; la mujer víctima acaba convenciéndose de que no es capaz de modificar los acontecimientos, deja entonces de luchar y, por lo tanto, de actuar. La depresión es retro alimentada por el agresor ya que éste fomenta el aislamiento social de la agredida.
A esto hay que añadir el sentimiento de culpa por lo que ha tenido que hacer la víctima para evitar la violencia: mentiras, encubrir al agresor, tener contactos sexuales forzados, consentir el posible maltrato a los hijos, etc.
El sentimiento de culpa en la mujer maltratada la induce generalmente a evitar o rechazar la ayuda de terceros lo que induce un mayor aislamiento social el cual, finalmente, favorece al agresor.
- El estrés postraumático:
En situaciones de síndrome de estrés pos-traumático la víctima recrea las agresiones traumáticas a través de respuestas fisiológicas. Aparecen entonces aumentos notables de la activación fisiológica: taquicardias, insomnios, ahogos, irritabilidad, dificultades de concentración etc.
- Síndrome de Depencia Afectiva (SDA):
El SDA es una especie de síndrome de Estocolmo que lleva a la víctima a justificar y perdonar continuamente las agresiones y vejaciones de su agresor, ese nexo emocional retro alimentado impide a la víctima romper con su agresor. El SDA es frecuente en mujeres maltratadas que viven sin relaciones, bien porque su agresor las “aisla” o porque 'de facto' prefieren no relacionarse con nadie. El maltratador es todo su mundo, es el padre de sus hijos, y la víctima prefiere creer que, a pesar de todo, su maltratador la quiere.
DESMONTAR LOS MITOS
(Datos extraidos del informe “Zero Tolerance Charitable Trust, 1997”)
Mito: Si ha ocurrido sólo una vez, no ocurrirá más.
Realidad: La violencia de género nunca es un incidente aislado. Normalmente forma parte de un patrón de violencia que irá en aumento.
Mito: Sólo cierto tipo de hombres abusan de sus parejas.
Realidad: No existe el abusador típico. La edad, constitución, raza, religión o temperamento no son factores determinantes.
Mito: Los hombres que maltratan son enfermos mentales.
Realidad: No existe relación causa-efecto entre la enfermedad mental y violencia doméstica. La violencia está motivada por un deseo de controlar y mantener poder sobre la mujer.
Mito: Los hombres que agreden o abusan de sus parejas son violentos por naturaleza.
Realidad: La mayoría de los hombres que abusan de sus parejas no son violentos fuera del hogar.
Mito: Los hombres que maltratan han sido maltratados en la infancia.
Realidad: No existe evidencia alguna de que exista un ciclo de abuso. La mayoría de hombres y mujeres abusados en la infancia no optan por abusar en la edad adulta. Es más, si fuera así debería haber un mayor número de maltratadoras. Sin embargo, Los estudios sobre violencia en general reflejan que la exposición a modelos violentos especialmente en la infancia y adolescencia conduce a la justificación y al incremento del riesgo a ejercerla. Así, se ha observado que los adolescentes que reciben castigos físicos en su familia tienen más riesgo de agredir físicamente a su pareja que los que no sufren dichos castigos (Strauss y Yodani, 1996). Según la teoría de la transmisión intergeneracional (Kaufman y Ziegler, 1989), parece existir una predisposición de las víctimas de violencia sexista dentro de su familia a convertirse a su vez en padres abusadores. Pero todas las estadísticas que he consultado demuestran que las situaciones de malos tratos en la infancia sólo se reproducen en la edad adulta en el 25% de los casos. Uno de cada tres casos reproduce el maltrato, mientras que dos de cada tres no lo hace.
Mito: La violencia es causada principalmente por el alcohol.
Realidad: Un gran número de hombres violentos atacan cuando están sobrios. El alcohol es una excusa usada para justificar su violencia y no hacerse responsables.
Mito: Si hubiera sido tan violento, ella lo habría denunciado.
Realidad: En España se calcula que sólo denuncian entre un diez y un 20% de las víctimas, las demás no denuncian la violencia que sufren por miedo a represalias y una gran mayoría porque piensan que no van a ser creídas o tomadas en serio.
Mito: Los hombres también son agredidos por sus parejas.
Realidad: Los archivos policiales muestran que el 95% de la violencia en la pareja la realiza el hombre hacia la mujer.”
Es destacable para el estudioso de esta fenomenología social el informe de conclusiones sobre sentencias firmes hecho por el Consejo General de Poder judicial de nuestro país sobre el período 2000-2005 en los casos de muerte por violencia de género:
“CONCLUSIONES:
1ª- Del número total de sentencias estudiadas, el porcentaje de sentencias condenatorias en la muestra objeto de análisis alcanza el 96,59%, siendo el 3,40 % de ellas sentencias absolutorias.
2º.- El autor de los homicidios y/o asesinatos es mayoritariamente varón. Así, en el 94,48 % de los casos examinados, es varón el autor –en un solo supuesto los hechos se ejecutan con la complicidad de una mujer-, frente al 5,51 % de supuestos en los que la autora es la mujer.
3ª.- En cuanto a la nacionalidad del autor, éste es español en la mayoría de casos, lo que sucede en el 73,10 % de supuestos. En el resto, un 26,89 % de casos, el autor es extranjero.
Si se relacionan tales porcentajes con la tasa de población española y extranjera (según datos del INE, referidos a 2.005, la población española ascendía a 44.108.530 habitantes, de los que 40.377.920 eran españoles y 3.730.610 extranjeros), la proporción de extranjeros condenados resulta superior a la de españoles.
4ª.- En cuanto a la nacionalidad de las víctimas, el 70,42 % de ellas son españolas, mientras que en un 29,57 % de casos son extranjeras. Respecto de este extremo, cabe hacer igual consideración que en la conclusión anterior.
5ª.- El abanico de edades de los autores es amplio pero se observa que predomina la franja de entre los 30 y los 45 años.
6ª.- La mayor parte de sentencias analizadas, un 64,05 %, califica el hecho como asesinato, lo que implica que en estos casos se ha acreditado que la muerte se ha ejecutado bien con alevosía (que requiere el empleo en su ejecución de medios, modos o formas que tiendan directamente a asegurar el resultado, sin el riesgo que para la persona del autor pueda provenir de la defensa del ofendido), bien con ensañamiento (que concurre cuando se aumenta inhumana y deliberadamente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta un dolor adicional
innecesario para obtener el resultado de muerte) o por precio, recompensa o promesa, que son los tres supuestos que cualifican la muerte como asesinato frente el tipo básico del homicidio.
En un 33,98 % de casos se ha calificado el hecho como homicidio y en un 1,96 % como homicidio imprudente.
7ª.- Del relato de hechos probados, contenido en las sentencias estudiadas, es de resaltar la extraordinaria brutalidad ejercida por los autores contra las víctimas, junto con el carácter sorpresivo de la agresión en la mayoría de los casos y el aprovechamiento de la situación de indefensión de las víctimas en la comisión de los hechos.
8ª.- En relación con las penas impuestas, la principal que se impone en todos los casos de condena es la de prisión, en consonancia con las previsiones del Código Penal. Éste prevé penas de diez a quince años de prisión para el delito de homicidio; de quince a veinte años de prisión para el asesinato, cuando concurra una sola de las circunstancias que lo cualifican como tal, y de veinte a veinticinco años de prisión, cuando concurran dos o más circunstancias de las que permiten calificar los hechos como asesinato. Todo ello sin perjuicio de la individualización de la pena en cada caso, en función de la apreciación de la existencia de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal (atenuantes, agravantes, eximentes o eximentes incompletas).
En el período estudiado, además, se aprecia que en pocos casos se solicitan y se imponen penas accesorias, más allá de las de inhabilitación absoluta o de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo. Así, son escasos los supuestos en que se impone la pena de privación del derecho a residir en determinados lugares, la prohibición de aproximación o comunicación con los familiares de la víctima, la inhabilitación para el ejercicio de la potestad sobre los hijos e hijas …. Ello justifica la necesidad de las sucesivas reformas legislativas que se han ido produciendo en esta materia, con posterioridad a muchos de los casos objeto de análisis.
9ª.- Además de la concurrencia en muchos casos de las circunstancias agravantes de alevosía y de ensañamiento, que sirven para cualificar los hechos como asesinato y que son las que mayoritariamente concurren en los asesinatos entre miembros de la pareja o ex pareja, resulta significativa la apreciación y valoración de algunas circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal que efectúan las sentencias analizadas:
a) La circunstancia atenuante de arrepentimiento o confesión (que en la actualidad son jurídicamente equivalentes por opción del legislador), y que se aplica en todos los casos en los que, en algún momento o de forma permanente, el autor ha reconocido haber realizado los hechos, se aprecia en un 32,65 % de las sentencias estudiadas.
b) La circunstancia de alteración psíquica, tanto como atenuante (apreciada en un 5,44% de los casos) como en su posible versión de eximente, completa (tenida en cuenta en un 2,04 % de supuestos) o incompleta (valorada como tal en un 6,80 % de casos), tiene un carácter bastante residual en su apreciación.
c) En cuanto a la circunstancia atenuante de haber actuado el autor como consecuencia del consumo de bebidas alcohólicas o drogas, se ha apreciado en las sentencias dictadas en el indicado período en un 3,40 % de los casos, alcanzando el 2,04 % los supuestos en que se aprecia como circunstancia eximente incompleta.
Los dos apartados anteriores evidencian el escaso porcentaje de supuestos en que se aprecia que el autor actúa a consecuencia de una enfermedad o alteración mental o a causa de su adicción al consumo de alcohol o drogas. Ello permite destruir algunos de los falsos mitos más generalizados y enraizados en la conciencia social y que señalan que los homicidios y asesinatos en este ámbito se producen bien porque el autor está loco o por encontrarse bajo la influencia del alcohol o de las drogas.”
SOLUCIONES POSIBLES:
Denunciar, eso es válido para la víctima como para su entorno. Muchas víctimas, la mayoría, no denuncian por las razones que hemos visto más arriba.
Educación al ciudadano, hay que cambiar los estereotipos y valores. La violencia es un hecho social y cultural: si una sociedad identifica a la mujer con la sumisión y al hombre con la fuerza obtenemos un caldo de cultico ideal para la violencia de género. No olvidemos que nuestro código civil durante el Franquismo hablaba de la obediencia que la mujer le debía a su marido.
Un reciente estudio (2006) de la “Fundación Mujeres”, indicaba que el el 35% de los chicos adolescente entre 14 y 17 años se muestran de acuerdo o muy de acuerdo con actitudes que justifican, niegan o minimizan la violencia de género y que un 23% de chicos de ese panel de edad conciben a la mujer como inferior y débil. Es un trabajo arduo y a muy largo plazo, un camino hacia el cambio de valores que hay que emprender ya…
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servido por rafa-llodra
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